Urgen reformas para eliminar criminalidad en inspecciones de CFE

Medidores de electricidad. Foto: jillrose999
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En pleno 2020, después de décadas de existir leyes e instituciones para vigilar los derechos humanos en México, tenemos una ley que brinda a un número indeterminado de mexicanos una experiencia sumamente tortuosa e innecesaria.

Les mostraré diversas lagunas legales que sugiero que se reformen. Algunas son sumamente sencillas, otras requieren un poco más de trabajo. Todas las recomiendo ampliamente ya que el proceso actual, por lo tortuoso que es, no es compatible con el siglo XXI, con el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador ni con la 4T, ni es económicamente bueno para México.

Secciones:

Propuesta 1 de reforma al capítulo X del reglamento

Propuesta 2 de reforma al capítulo V del reglamento

Propuesta 3 de reforma a cualquier capítulo del reglamento, o de cualquier reglamento que rija el actuar de los abogados de defensoría gratuita que proporciona el Consejo de la Judicatura Federal, es urgente.

 

Propuesta 1: solucionar laguna legal en el reglamento que permite delitos con maltrato tortuoso

 

Este enlace le lleva al Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, capítulo X, que detalla cómo deben ser las inspecciones a usuarios por parte de la Comisión Federal de Electricidad (los que han cometido robo de electricidad o que no lo han cometido, se aplica por igual).

Como puede ver, dicho capítulo omite por completo un puntos importante:

No menciona si se debe cortar o no el servicio eléctrico al usuario durante todo el proceso.
Aquí es donde inicia la tortuosa experiencia. Tanto para culpables como para inocentes, si la inspección dura más que unos pocos minutos, el personal de CFE deja al usuario sin servicio eléctrico, pudiendo el corte de electricidad durar meses o años; con esto, sea cual sea el resultado de la investigación y sea culpable o inocente el cliente, se procede a destruir el tejido social, pues se incurre en daños físicos, psicológicos, económicos, sanitarios, alimenticios, familiares, morales, emocionales y de salud al usuario. Y máxime en los municipios en los que para poder tener agua corriente, se requiere el uso de una bomba eléctrica.
Así mismo, durante los meses que dura la investigación (sea real o falsa), la CFE también pierde dinero porque se pierde la venta e ingreso por el servicio eléctrico al cliente. Pero esto no es todo. Es posible que la lentitud y estorbo en la vida personal del cliente, le impida cumplir el desempeño de su oficio en forma normal, obteniendo menores ingresos y pagando menos impuestos. Desde un punto de vista económico, no hay beneficio alguno en mantener cortado el servicio, pero sí perjuicio para el cliente, para CFE y para la Secretaría de Hacienda, es decir, para todos los mexicanos.

Puesto que este suplicio es perfectamente legal, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos no tiene facultades para recomendar la reconexión del servicio, dejando al cliente totalmente indefenso a menos que sea rico y logre electrificar toda su casa en forma solar o cometa el delito de reconectarse, pagando mayores consecuencias, o logre tramitar el amparo legal necesario para reconectarse pagando una fianza, que en caso de que la inspección consista en la fabricación de un delito de varios cientos de miles de pesos, es una fianza impagable. No siempre que comete el delito de crear una inspección falsa se hace una buena estimación de los ingresos de la víctima.

 

Solución:

Mi propuesta es sumamente simple: propongo que una vez terminada la visita inicial de varios minutos, se tome la lectura del medidor y se elabore una factura con ella, dejando conectado el servicio. Esta factura, así como todos los cobros por concepto de determinación (es la estimación de robo que se cobrará o no al cliente), se cargarán en el sistema de CFE en modalidad de pendiente. Dichos montos no generarán un corte de luz al no ser pagados, hasta que se agoten todas las instancias legales, ya sea por vías penales, PROFECO y juicios mercantiles y apelaciones.

Durante la duración de dichas instancias (en el caso más largo que he visto en este video de Youtube fueron 2 años y medio), la CFE seguirá vendiendo el servicio al cliente. A partir de la lectura tomada durante la inspección, al bimestre o mes siguiente se seguirá midiendo el servicio y elaborando las siguientes facturas, que no serán en calidad de pendiente, el cliente deberá pagarlas en forma normal o se le cortará el servicio. Es decir, haya habido trabajo honesto o fabricación de delito por parte del personal de CFE, no habrá un suplicio para el cliente, ni perderá la CFE la venta de todos esos meses. Es una negociación ganar-ganar financieramente y se mantiene el bienestar, el tejido social.

Así mismo, adicionalmente y sin ninguna prisa, se pueden aplicar mediante otras reformas, mecanismos innovadores y de eliminación de cuellos de botella o control de confianza, a fin de asegurar la veracidad y aumentar la velocidad de estas inspecciones. Solo imagine cuánto dinero de CFE se gasta en fabricar delitos y en hacer estimaciones, que, haya habido delito del cliente o no, difícilmente pueden coincidir con la realidad. Pero todas las innovaciones, independientemente de su calidad y cantidad, siempre serán mejor llevadas a cabo mientras los clientes viven en forma normal y contribuyendo al producto interno bruto. Es importante tener presente que en esta propuesta de reforma no hablo de la precisión de las inspecciones, solo de los daños económicos que causa su larga duración. Sin importar el desenlace final, ya sea que el cliente sea hallado inocente o culpable y deba pagar la cantidad solicitada por CFE, lo que cambia con esta propuesta es que se mantiene el servicio y se eliminan los daños económicos para CFE y de todo tipo para el cliente. Es decir, se lleva a cabo un largo proceso con la mejor calidad posible para el país.

 

Comentario final sobre los daños personales, morales, mentales de estas inspecciones

Le invito a ver el video de Youtube que mencioné, dura solo 3 minutos. En la parte final, el cliente de CFE, después de haber ganado un juicio y pasar más de 2 años sin luz, comenta que aunque sí necesita el servicio, ya no lo quiere. No soy experto en psicología, pero considero que esta expresión es propia de alguien que recibió un daño innecesario pero también que debe ser considerado como algo a evitar para los mexicanos, ya que el tomar la decisión de privarse de un bienestar normalmente accesible para todos, no es compatible con el estado de bienestar. Nótese que evité calificar el estado mental del cliente, ya que no soy experto, pero es obvio que de ninguna manera habría tomado esa decisión si no hubiera sido por el corte de electricidad.

 

Propuesta 2: eliminar parte de un artículo que permite cometer este delito a la vista de oficiales federales

 

El artículo 30 del capítulo V del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que puede ver usted en este enlace, incluye otra grave y fácil de corregir laguna legal. De hecho, los empleados de CFE no cumplen con este artículo por lo mal que está redactado. Pero su redacción actual, el artículo permite cometer un delito libremente, y en caso de ser sorprendidos el flagrancia, basta con dar una simple excusa que les permite disimularlo y salir impunes.

Como puede usted ver, el artículo 30 especifica que los sellos de CFE solamente pueden ser removidos con previo aviso al cliente. Es decir, los empleados de CFE no pueden abrir los medidores de electricidad en ausencia del cliente, apertura que se presta para cometer el delito de manipular las manecillas. Sin embargo, el artículo hace una excepción “excepto para la medición de demandas máximas durante el proceso de toma de lecturas, en que no se requerirá el aviso”. Esta medición de demandas suele realizarlas el personal sin abrir los medidores, usando una herramienta que, sin entrar dentro del medidor, mide la intensidad del flujo de electricidad en ese momento. Por ejemplo, si recorren una cuadra completa tomando esas lecturas y ven que el consumo es demasiado alto, quizás decidan instalar cables más resistentes o un nuevo transformador en algún poste, o cualquier cosa que les permita atender con buena calidad la “demanda máxima” de esa cuadra. Es decir, estas mediciones de demandas máximas no son inspecciones, sino mediciones que se usan para estimar los recursos necesarios para dar un buen servicio al cliente. Siendo que no se abren los medidores en la aplicación práctica, no tienen ningún sentido que el artículo 30 permita abrirlos y retirar los sellos sin avisar al cliente.

Este artículo es una puerta abierta para delinquir, pero no solo eso. Digamos que la guardia nacional pasa por una calle en donde sorprenden a un empleado corrupto de CFE con un medidor abierto, claramente decidido a manipular las manecillas, o habiéndolas ya manipulado para que el cliente pague más. Es muy posible que ni siquiera tengan órdenes de detenerse a preguntar al ver esta actividad que es un delito federal, ya que en caso de ser interrogados, solamente tendrían que decir que abrieron el sello y el medidor para hacer una medición de demanda máxima. El artículo 30 les permite hacerlo.

Solución: 

Propongo simplemente eliminar este enunciado del artículo 30: “excepto para la medición de demandas máximas durante el proceso de toma de
lecturas, en que no se requerirá el aviso”. De esta manera, los medidores solamente se podrán abrir legalmente, y retirarse sus sellos, en presencia del cliente. Inclusive, después de realizada esta sencilla reforma, sugiero se exhorte al poder ejecutivo el solicitar a la Guardia Nacional el considerar como un probable delito y detener a cualquier empleado de CFE que sea hallado abriendo medidores en la ausencia del cliente. Esta reforma en nada afecta en la calidad del trabajo del personal de CFE, puesto que ya tienen el equipo necesario para hacer su medición sin abrir el medidor.

 

Propuesta 3 de reforma a cualquier capítulo del reglamento, o de cualquier reglamento que rija el actuar de los abogados de defensoría gratuita que proporciona el Consejo de la Judicatura Federal, es muy urgente

Hay un serio problema en México con la herencia de bienes raíces, con o sin testamento. Pero además, muchas casas son habitadas por personas que no tienen el recibo de CFE a su nombre. Ya sea porque la casa es prestada o heredada por un familiar, las víctimas deben entablar un juicio mercantil para que CFE no les cobre. Las denuncias presentadas son procesadas por la Unidad de Responsabilides de CFE, departamento que no tiene facultades para ordenar que se detengan delitos del personal. Después propondré que se corrija ese error, pero por el momento, las víctimas solamente pueden evitar el pago del monto que desean robarles, ganando un juicio mercantil. Afortunadamente, El Consejo de la Judicatura Federal ofrece abogados gratuitos que suelen ganar estos juicios. En caso de que el recibo de CFE no esté a nombre de la víctima, esta puede pedir una carta poder notarial, otorgada por la persona a nombre de quien está el recibo. Esto cuesta miles de pesos, desde $1,200 hasta $5,000, y algunas víctimas son de bajos recursos económicos. En otros casos, el recibo se encuentra a nombre de alguien ya fallecido y es imposible tramitar el poder notarial.

Este requisito deja a las víctimas en esta de indefensión.

La solución: es necesario sustituir el requisito del poder notarial por uno 100% gratuito, ya sea un apoyo económico directo para todo trámite notarial (que CJF pague al notario directamente), o un trámite sustituto. Por ejemplo, que los abogados del CJF elaboren una carta firmada por 2 testigos (del mismo personal del CJF) y por el denunciante, que sea aceptada en el juicio en lugar de la carta poder notarial. De esta manera se cumple el hecho de que el denunciante será la verdadera víctima y no se deja en indefensión a nadie.

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